jueves, 10 de septiembre de 2020

Así afectan a las bodas las nuevas medidas aprobadas por las comunidades autónomas

Las comunidades autónomas han adoptado diferentes medidas relativas a la celebración de las bodas en función de la evolución de la pandemia. Te mostramos la normativa que rige en cada una de ellas.

 

Desde el final del estado de alarma y a partir de la denominada nueva normalidad, dejó de existir una normativa general para todo el territorio nacional en lo que a celebraciones se refiere. Desde entonces la adopción de medidas específicas pasó a ser competencia de las diferentes comunidades autónomas, que han ido modificando sus criterios en función de la evolución de la pandemia.

Esta semana, y con la finalidad de hacer frente al avance de la enfermedad, han entrado en vigor nuevas normas en diferentes comunidades autónomas. Para evitar confusiones, te explicamos cuáles son las medidas que afectan a las bodas en cada una de ellas desde el pasado 7 de septiembre de 2020. Estas medidas podrán sufrir modificaciones en función de la evolución de la situación.

Fotografía cedida por Boheme Sensations/ Fotógrafo: Juan Ortega

Así serán las nuevas bodas en las diferentes comunidades autónomas

Te explicamos la normativa relativa a las bodas que afectan a las diferentes comunidades autónomas:

Andalucía

En Andalucía las nuevas normas afectan principalmente al aforo de las celebraciones en interior, tanto en mesa como en barra, que se ha establecido en un 75 % respetándose siempre la distancia interpersonal entre los asistentes. En exterior el aforo puede ser del 100% siempre y cuando se pueda garantizar la distancia interpersonal entre las mesas. Respecto al número de asistentes a la boda, también se han establecido limitaciones. Los espacios de celebraciones podrán acoger un máximo de 100 personas en espacios cerrados y de 150 personas al aire libre.

En cuanto a la ceremonia, si esta se realiza en una iglesia u otro lugar de culto, será necesario mantener la distancia de seguridad de 1,5 metros entre los asistentes sentados. Si la ceremonia es civil y se realiza en otro espacio, se permitirá un 75% del aforo, con un máximo de 150 personas al aire libre y 100 en interior.

Respecto al consumo de bebida y comida, solo podrá hacerse en mesa, lo que imposibilita la existencia de barras libres. El máximo de ocupación en cada mesa o agrupación de mesas es de 10 personas y se mantiene el uso obligatorio de la mascarilla para todas las personas mayores de 6 años en espacios al aire libre y cerrados de uso público independientemente de la distancia interpersonal hasta el momento del menú. Además, se exige una estricta higiene de manos.

La celebración no podrá alargarse más allá de la 1 de la madrugada, lo que sumado al cese de la actividad de discotecas y salas de fiestas imposibilita la celebración de fiestas nocturnas.

Fotografía: Miriam Alegría

Aragón

En Aragón las medidas son diferentes en municipios inferiores y superiores a mil habitantes y hay restricciones especiales en las comarcas de Bajo Cinca, Bajo Aragón‐Caspe, Comarca Central y en el municipio de Huesca. La mascarilla es obligatoria a partir 6 años en espacios al aire libre y cerrados de uso público o abierto al público, independientemente de la distancia, y es recomendable su uso en espacios abiertos o cerrados privados.

Durante la ceremonia, sea esta religiosa o civil, se permite un aforo máximo del 75% en poblaciones de más de mil habitantes y del 100% en poblaciones de menos habitantes. En las comarcas de Bajo Cinca, Bajo Aragón‐Caspe, Comarca Central y en la ciudad de Huesca no se podrá superar un 50% del aforo ni sobrepasar los 100 asistentes en espacios al aire libre o 50 en interior. En esta comunidad autónoma no se permite la actuación de coros durante la ceremonia.

En cuanto al banquete, se permite un aforo máximo del 75% en interior y del 100% al aire libre siempre que se garantice la distancia de seguridad, salvo en municipios inferiores a 1.000 habitantes, donde se permite el 100% en todos los casos. La ocupación máxima es de 10 comensales por mesa.

La hora máxima permitida para la finalización de la celebración es la 1 de la madrugada y se encuentra suspendida la actividad de discotecas, salas de baile y bares de copas.

Fotografía cedida por Boheme Sensations/ Fotógrafo: Juan Ortega

Asturias

El aforo máximo permitido durante la ceremonia es del 75% en todo tipo de lugares, religiosos o civiles. En esta comunidad los coros deberán situarse a 4 metros de distancia del público y respetando la distancia de seguridad de 1,5 metros entre sus integrantes.

En el banquete no hay límite de aforo, aunque sí debe garantizarse la distancia de seguridad de 1,5 metros entre mesas o grupos de mesas, que pueden ser ocupadas por un máximo de 10 personas.

La hora máxima de finalización de la celebración es la 1 de la madrugada y se encuentra suspendida la actividad de discotecas, salas de baile y bares de copas.

La mascarilla es obligatoria a partir de los 6 años en espacios al aire libre y cerrados de uso público o abierto al público, independientemente de la distancia interpersonal de seguridad, y su uso es recomendable en espacios abiertos o cerrados privados.

Fotografía: Ivo Sousa

Cantabria

El aforo máximo permitido durante la ceremonia, sea religiosa o civil, es del 75%, con un máximo de 150 personas al aire libre y 75 en espacios cerrados. Los coros deberán situarse a al menos 4 metros de distancia respecto a los asistentes y respetar la distancia de seguridad de 1,5 metros entre sus integrantes.

Respecto al banquete, el aforo máximo permitido es el del 75% en interior y del 100% al aire libre, asegurando la distancia de seguridad interpersonal. Puede haber un máximo de diez comensales por mesa. personas y la hora máxima permitida es la 1 de la madrugada.

La hora máxima permitida para la finalización de la celebración es la 1 de la madrugada y se encuentra suspendida la actividad de discotecas, salas de baile y bares de copas.

La mascarilla es obligatoria a partir de los 6 años en espacios al aire libre y cerrados de uso público o abierto al público, independientemente de la distancia interpersonal de seguridad, y su uso es recomendable en espacios abiertos o cerrados privados.

Fotografía cedida por Palacio del Negralejo. Kit Covid Clean

Castilla-La Mancha

El aforo máximo permitido durante la ceremonia en iglesias y otros lugares es del 75%. En otros espacios se considera el mismo porcentaje con un máximo 250 personas al aire libre o 150 en interior. No permiten los coros.

Durante el banquete se permite un aforo máximo del 75% en interior y del 100% al aire libre, siempre que se asegure la distancia de seguridad interpersonal. La ocupación máxima es de 10 comensales por mesa.

La hora máxima permitida para la finalización de la celebración es la 1 de la madrugada y se encuentra suspendida la actividad de discotecas, salas de baile y bares de copas.

La mascarilla es obligatoria a partir de los 6 años en espacios al aire libre y cerrados de uso público o abierto al público, independientemente de la distancia interpersonal de seguridad, y su uso es recomendable en espacios abiertos o cerrados privados.

Fotografía: Ivo Sousa

Castilla-León

Durante la ceremonia se permite un aforo máximo del 50% en lugares de culto y otros espacios. En estos últimos puede haber hasta 150 personas al aire libre o hasta 100 en interior. Se permiten los coros siempre y cuando puedan situarse a al menos 4 metros de distancia de los asistentes y respeten entre sus integrantes la distancia de seguridad de 1,5 metros.

Respecto al banquete, y siempre y cuando se pueda respetar la distancia de seguridad interpersonal, se permite un aforo máximo del 50% en barra y del 75% en mesa en salones interiores de hasta 40 comensales y del 50% en mesa en salones interiores de más de 40 comensales. En espacios al aire libre se permite un aforo máximo del 80%.

Se suspenden los cócteles y las barras libres y la ocupación máxima por mesa es de 10 comensales.

Respecto al baile, se encuentra suspendida la actividad de las discotecas y otros locales de ocio nocturno, pero se pueden utilizar las terrazas con este fin con las mismas condiciones que rigen para la hostelería.

La mascarilla es obligatoria a partir de los 6 años en espacios al aire libre y cerrados de uso público o o privado, independientemente de la distancia interpersonal de seguridad.

Palacio del Negralejo

Fotografía cedida por Palacio del Negralejo

Cataluña

No hay limitación de aforo en lo que a la ceremonia se refiere salvo excepciones en determinados municipios. No obstante, debe garantizarse una distancia física de seguridad interpersonal equivalente a 2,5 metros cuadrados de superficie tanto en espacios abiertos como cerrados.

En Barcelona, Viladecans, El Prat de Llobregat, Sant Joan Despí, Sant Boi de Llobregat, Cornellá de Llobregat, Sant Just Desvern, Esplugues de Llobregat, L´Hospitalet de Llobregat, Montcada i Reixac, Santa Coloma de Gramenet, Sant Adriá de Besós, Badalona, Sant Feliu de Llobregat, Castelldefels, Gavá, Reus, Lleida ciudad, Alcarrás, Aitona, La Granja d’Escarp, Serós, Soses, Torres de Segre, Figueres, Vilafant y algunos municipios de comarcas de La Noguera y El Segriá las celebraciones religiosas tienen un aforo máximo del 33%. En Canovelles, Granollers y Les Franqueses del Vallés, del 50%.

En cuanto al banquete, no hay límites en el aforo, pero debe asegurarse una distancia física interpersonal de seguridad equivalente a 1,5 metros de superficie tanto en espacios abiertos como cerrados. La ocupación máxima permitida por mesa es de 10 comensales y todo el consumo debe hacerse en mesa, evitándose los cócteles y las barras libres.

En Barcelona, Viladecans, El Prat de Llobregat, Sant Joan Despí, Sant Boi de Llobregat, Cornellá de Llobregat, Sant Just Desvern, Esplugues de Llobregat, L´Hospitalet de Llobregat, Montcada i Reixac, Santa Coloma de Gramenet, Sant Adriá de Besós, Badalona, Sant Feliu de Llobregat, Castelldefels, Gavá, Reus, Lleida ciudad, Alcarrás, Aitona, La Granja d’Escarp, Serós, Soses, Torres de Segre, Figueres, Vilafant y algunos municipios de comarcas de La Noguera y El Segriá la ocupación es del 50% en interior respetando una distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros y del 50% en exterior con una distancia interpersonal de seguridad de 2 metros.

La hora máxima permitida para la celebración es la 1 de la madrugada y se encuentra suspendida la actividad de discotecas, salas de baile y bares de copas.

La mascarilla es obligatoria a partir de los 6 años en espacios al aire libre y cerrados de uso público o abierto al público, independientemente de la distancia interpersonal de seguridad, y su uso es recomendable en espacios abiertos o cerrados privados.

Ceremonia de la rosa // Fotografía: Bamba & Lina

Fotografía: Bamba & Lina

Extremadura

Se permite un aforo máximo del 75% en los lugares de culto y en otros espacios durante la ceremonia, aunque en estos últimos puede haber un máximo de 150 personas al aire libre o de 75 personas en interior. No se permiten los coros.

Durante el banquete se permite en establecimientos de hostelería y restauración un aforo máximo del 80% en interior y del 90% al aire libre, asegurando siempre la distancia interpersonal. En otros espacios de celebración se permite un 75% del aforo, con un máximo 150 personas en espacios al aire libre y 75 personas en interior. La ocupación máxima de las mesas es de 10 comensles.

Se encuentra suspendida la actividad de discotecas, salas de baile, pubs y bares de copas.

La mascarilla es obligatoria a partir de los 6 años en espacios al aire libre y cerrados de uso público o abierto al público, independientemente de la distancia interpersonal de seguridad, y su uso es recomendable en espacios abiertos o cerrados privados.

Fotografía cedida por Boheme Sensations/ Fotógrafo: Juan Ortega

Galicia

Los municipios de A Coruña, Cambre, Culleredo, Oleiros, Lugo, Santiago de Compostela, Orense, Santa Comba, Carballo, A Laracha y Arteixo cuentan con medidas especiales. Además, en esta Comunidad se aplican las siguientes medidas generales:

El aforo permitido durante la celebración de la ceremonia en esta comunidad es de un 50%, independientemente de si se realiza en un lugar de culto o en otro espacio. En estos últimos puede haber hasta 250 personas al aire libre o 150 personas en interior. Los coros están permitidos pero deben situarse a al menos 3 metros de distancia de los asistentes y respetando la distancia interpersonal de seguridad entre sus integrantes.

Respecto al banquete, se permite un aforo máximo del 75% en el interior y del 80% en exterior, siempre que se garantice la distancia interpersonal. La ocupación máxima permitida por mesa es de 10 comensales.

La hora máxima permitida para el disfrute de la celebración es la 1 de la madrugada, y se encuentra suspendida la actividad de discotecas y demás locales de ocio nocturno.

La mascarilla es obligatoria a partir de los 6 años en espacios al aire libre y cerrados de uso público o abierto al público, independientemente de la distancia interpersonal de seguridad, y su uso es recomendable en espacios abiertos o cerrados privados.

Eva Maria y Álvaro pareja

Fotografía: Miriam Alegría

Islas Baleares

Durante la ceremonia se permite un aforo máximo del 50% en todo tipo de lugares con un máximo de 125 personas al aire libre y 75 en interiores cerrados. Están permitidos los coros con condiciones: tienen que estar compuestos por un máximo de 30 personas y deberán situarse a al menos 3 metros de distancia de los asistentes y respetando la distancia de seguridad entre sus integrantes.

Durante la celebración, si esta se realiza en un establecimiento de restauración, el aforo será del 50% tanto en el interior como en terrazas cuando el aforo máximo del espacio sea igual o superior a 50 personas, y del 75% cuando el aforo máximo sea inferior a 50 personas. La ocupación máxima por mesa es de 10 comensales y es necesario garantizar en todo momento la distancia interpersonal de seguridad.

La hora máxima permitida para la celebración es la 1 de la madrugada y se encuentra suspendida la actividad de discotecas, salas de baile y bares de copas.

La mascarilla es obligatoria a partir de los 6 años en espacios al aire libre y cerrados de uso público o abierto al público, independientemente de la distancia interpersonal de seguridad, y su uso es recomendable en espacios abiertos o cerrados privados.

coronavirus

Fotografía: Toni Vida Photography

Islas Canarias

Durante la ceremonia se permite un aforo máximo del 75 % en todo tipo de lugares, con un máximo 250 personas en espacios al aire libre y 150 personas en interiores cerrados.

Durante el banquete no hay límite de aforo, aunque se exige respetar la distancia de seguridad de 1,5 metros entre mesas o grupos de mesas. La ocupación máxima permitida por mesa es de 10 comensales.

La hora máxima permitida para la celebración es la 1 de la madrugada y se encuentra suspendida la actividad de discotecas y otros locales de ocio nocturno.

La mascarilla es obligatoria a partir de los 6 años en espacios al aire libre y cerrados de uso público o abierto al público, independientemente de la distancia interpersonal de seguridad, y su uso es recomendable en espacios abiertos o cerrados privados.

Fotografía: Ivo Sousa

Comunidad de Madrid

Las nuevas normas de la Comunidad de Madrid son las siguientes:

El aforo máximo permitido para la celebración de la ceremonia tanto en lugares de culto como en el resto de espacios, ya sean al aire libre o en interior, es del 60%.

El aforo máximo permitido para la realización del banquete, tanto en interior como en exterior, es del 60%. Además, el consumo de bebida y de comida se hará exclusivamente en mesa, lo que impide la realización de cócteles, buffetes y barras libres. La ocupación máxima permitida por mesa es de 10 comensales.

La hora máxima permitida para la celebración es la 1 de la madrugada y no está permitido el baile.

Los salones de banquetes deberán solicitar los datos identificativos de los asistentes y conservarlos, por si les son requeridos por las autoridades.

La mascarilla es obligatoria a partir de los 6 años en espacios al aire libre y cerrados de uso público o abierto al público, independientemente de la distancia interpersonal de seguridad, y su uso es recomendable en espacios abiertos o cerrados privados.

Fotografía cedida por Palacio del Negralejo

Murcia

Las medidas para la ceremonia son muy restrictivas en esta región, donde el aforo se limita a un máximo de 30 personas sentadas tanto en lugares de culto como en otros espacios, al aire libre o en interior.

En cuanto al banquete, se contempla un aforo máximo del 75%, que permite reunir a un máximo de 200 personas en espacios cerrados, o de 500 personas al aire libre sentadas. Esta cifra podría ampliarse a 800 personas contando con un plan de actuación especifico. La ocupación máxima por mesa es de 6 personas respetando la distancia interpersonal de seguridad.

La hora máxima permitida para la celebración es la 1 de la madrugada y se encuentra suspendida la actividad de discotecas, salas de baile, pubs y bares de copas.

Es obligatorio el uso de mascarilla a partir de 6 años en espacios al aire libre y cerrados de uso público o abierto al público.

Fotografía cedida por Boheme Sensations/ Fotógrafo: Juan Ortega

Navarra

Navarra permite un aforo máximo del 50 % en las ceremonias celebradas en lugares de culto y permite la reunión de un máximo de 75 personas al aire libre y 35 en interior en ceremonias realizadas en otros tipos de espacios. Los coros en espacios cerrados no se recomiendan y al aire libre es imprescindible mantener la distancia interpersonal de seguridad.

El aforo máximo permitido durante el banquete es del 75% en interiores y del 100% al aire libre, siempre que pueda asegurarse la distancia interpersonal de seguridad. La ocupación máxima por mesa es de 10 personas.

La hora máxima permitida para la celebración es la 1 de la madrugada y se encuentra suspendida la actividad de discotecas, salas de baile y bares de copas.

La mascarilla es obligatoria a partir 12 años en espacios al aire libre y cerrados de uso público o abierto al público, independientemente de la distancia interpersonal. Además, es obligatoria en niños de entre 6 y 12 años si no se puede garantizar la distancia interpersonal. También se recomienda su uso en espacios abiertos o cerrados privados.

El municipio de Leitza cuenta con medidas especiales.

Fotografía cedida por Boheme Sensations/ Fotógrafo: Juan Ortega

País Vasco

El aforo máximo permitido durante la ceremonia únicamente se especifica para los lugares de culto en esta comunidad, y es es del 75%. En el resto de espacios deberá mantenerse la distancia interpersonal de seguridad.

Respecto al banquete, no hay límite de aforo, aunque es necesario garantizar la distancia interpersonal entre las mesas, que tendrán una ocupación máxima de 10 comensales. Independientemente de las características del local, se permite un máximo de 60 personas por comedor o espacio interior independiente. Se permiten los cócteles y los buffetes en grupos de 10 personas siempre y cuando respeten entre ellas la distancia de seguridad.

La hora máxima permitida para la celebración es la 1 de la madrugada y se encuentra suspendida la actividad de discotecas y demás locales de ocio nocturno.

La mascarilla es obligatoria a partir de los 6 años en espacios al aire libre y cerrados de uso público o abierto al público, independientemente de la distancia interpersonal de seguridad, y su uso es recomendable en espacios abiertos o cerrados privados.

Mascarillas para bodas

Fotografía: Pablo Sanz García

La Rioja

El aforo máximo permitido durante la ceremonia es del 75% en lugares de culto y no está especificado en el resto de espacios, aunque debe respetarse la distancia interpersonal de seguridad.

No hay límite de aforo en el banquete, aunque debe garantizarse distancia interpersonal de seguridad entre las mesas, cuya ocupación máxima permitida es de 10 personas.

La hora máxima permitida para la celebración es la 1 de la madrugada y se encuentra suspendida actividad de discotecas, salas de baile y bares de copas.

La mascarilla es obligatoria a partir de los 6 años en espacios al aire libre y cerrados de uso público o abierto al público, independientemente de la distancia interpersonal de seguridad, y su uso es recomendable en espacios abiertos o cerrados privados.

Fotografía cedida por Boheme Sensations/ Fotógrafo: Juan Ortega

Comunidad Valenciana

El aforo máximo permitido durante la ceremonia es del 75% en todo tipo de lugares o espacios, abiertos o cerrados. Debe garantizarse distancia interpersonal y el uso de mascarilla.

El aforo máximo permitido para el banquete es del 75% en interior y del 100% en terrazas, asegurando en todo momento la distancia interpersonal. La ocupación máxima por mesa es de 10 personas.

La hora máxima permitida para la celebración es la 1 de la madrugada y se encuentra suspendida la actividad de discotecas, salas de baile y bares de copas (medida con una duración inicial de 21 días naturales a partir del 18 de agosto).

La mascarilla es obligatoria a partir de los 6 años en espacios al aire libre y cerrados de uso público o abierto al público, independientemente de la distancia interpersonal de seguridad, y su uso es recomendable en espacios abiertos o cerrados privados.

El municipio de Benigánim cuenta con medidas especiales de 14 días de duración a partir del 31 de agosto. Una de ellas es que no se puede superar un tercio del aforo del espacio elegido para la ceremonia. Otra, que se encuentra suspendida la actividad de restauración en la localidad salvo servicios a domicilio.

Comentarios

Relacionados


from LuciaSeCasa https://ift.tt/3bNaIEo
Fuente LuciaSeCasa https://ift.tt/3bNaIEo

No hay comentarios:

Publicar un comentario