Si te vas a casar, hay más cosas que tendrás que decidir además de la decoración o el menú de la boda. Un matrimonio afecta en muchos aspectos, también en el económico. ¿Separación de bienes o gananciales?
Cuando te casas, son muchas las cosas que hay que decidir. Empezando por el día de la hora y terminando por el menú del banquete. Pero las decisiones de un matrimonio no se acaban ahí. Un matrimonio va más allá de una celebración en familia, se trata de un contrato importante que afecta a la vida de la pareja en muchos aspectos, incluido el económico.
Este tema puede resultar conflictivo para la pareja. A nadie le gusta hablar de dinero pero hay una pregunta que todos se hacen: ¿Separación de bienes o gananciales?
Si los novios no eligen ningún régimen en particular, se aplica una legislación por defecto que varía en función de la comunidad autónoma: en casi todas las regiones se trata del régimen de bienes gananciales. Cataluña y las Islas Baleares, cambian a separación de bienes.
¿Separación de bienes o gananciales?
El régimen de gananciales no hace distinción entre los novios. Las ganancias que obtengan a partir de la fecha de la boda acaban en una sociedad común, de la cual son propietarios ambos. Es necesario obtener el consenso de la pareja para vender y administrar los bienes en común, que incluyen sueldos, rendimientos del dinero y productos. En este patrimonio no entran los bienes privativos, es decir, los bienes que hayan recibido antes del matrimonio y los recibidos a título gratuito (en herencia o donación), incluso después de la boda.
La separación de bienes, por otra parte es que cada cónyuge mantiene su patrimonio de manera independiente. Esto se aplica también a lo adquirido conjuntamente, que será de cada uno de manera proporcional a la aportación hecha.
Lo recomendable es optar por un régimen de separación de bienes, si una parte de la pareja tiene responsabilidades profesionales importantes. Porque en gananciales se comparte todo, también las deudas. Si por ejemplo montamos un negocio y luego resulta que no sale bien, las deudas irán a ambos porque, ante la ley, tan solo existe un patrimonio.
Y ahí no vale hacer capitulaciones (Capitulaciones: se pueden hacer antes o después del matrimonio y casi siempre es para pasar de un régimen ganancial a uno de separación de bienes). Si podemos hacerlas cuando tan solo tenemos previsión de tener problemas.
Así que si aún no habéis hablado de este tema, es importante que os sentéis y lo toméis con calma. No queremos sorpresas innecesarias.
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